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Ley 221 de 2021 — QUE CREA EL PROGRAMA NACIONAL PARA LA PREVENCION, TRATAMIENTO Y REHABILITACION DE JOVENES CON PROBLEMAS DE ADICCIONES.

Extracto del texto

Artículo 1. Se crea el Programa Nacional para la Prevención, Tratamiento y Rehabilitación de Jóvenes con Problemas de Adicciones, en adelante el Programa, con el objeto de establecer lineamientos para rescatar a los jóvenes con problemas de adicción, dependientes o consumidores de algún tipo de droga o sustancia ilícita, mediante medidas de prevención y tratamientos de control de las adicciones para lograr su rehabilitación y la re inserción social.

Artículo 2. El Programa está dirigido a los jóvenes en edades de doce a dieciocho años dependientes o consumidores de algún tipo de droga, priorizando el tratamiento en la población más propensa a caer en estos vicios.

Artículo 3. Para efectos de la presente Ley, los siguientes términos se entenderán así: l. Alcohol. Sustancia química compuesta por el químico etanol, también nombrado como alcohol etílico, que se elabora por medio de un proceso químico llamado fermentación en el que se usan azúcares y levadura, se encuentra en bebidas como la cerveza, el vino y el licor y su consumo prolongado puede aumentar el riesgo de ciertos tipos de cáncer. 2. Alucinógenos. Sustancias que provocan estados alterados de conciencia que afectan a la percepción, causan alucinaciones y varían la noción de la propia identidad y la percepción de la realidad de su consumidor. En muchas ocasiones, producen confusión mental, pérdida de memoria o desorientación en la persona, de espacio y de tiempo. 3. Anfetamínico. Agente adrenérgico sintético, potente estimulante del sistema nervioso central, utilizado con fines terapéuticos y como droga recreativa o para mejorar el rendimiento deportivo. 4. Cocaína. …

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