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Ley 220 de 2021 — QUE DECLARA A LA CIUDAD DE NATA COMO CAPITAL DE LA CULTURA Y DE HISTORIA NACIONAL EN CONMEMORACION DE SUS 500 AÑOS DE FUNDACION Y DICTA OTRAS DISPOSICIONES.

Extracto del texto

Artículo 1. Se declara a la ciudad de Natá, ubicada en la provincia de Coclé, como capital de la cultura y de historia nacional en el marco de la celebración de sus 500 años de fundación como una de las ciudades más antiguas en el litoral Pacífico.

Artículo 2. El periodo de la declaratoria establecida en el artículo anterior comprende del 20 de mayo de 2021 al 19 de mayo de 2023.

Artículo 3. Se declara Monumento Histórico Nacional el Parque Arqueológico El Caño, el cual se encuentra ubicado en El Caño, distrito de Natá, provincia de Coclé.

Artículo 4. Se colocará en un lugar visible del monumento indicado en esta Ley una placa alusiva que establezca su nombre y el número de la ley por la cual se declara.

Artículo 5. El Ministerio de Cultura deberá destinar, dentro de su presupuesto anual, los recursos que requiera la Dirección Nacional de Patrimonio Cultural para el mantenimiento, reestructuración, custodia y conservación del Parque Arqueológico El Caño.

Artículo 6. El Ministerio de Educación incluirá en el currículo de la asignatura de Historia el valor y la historia del distrito de Natá, así como la celebración de sus 500 años de fundación, ya que es una de las ciudades más antiguas en el litoral Pacífico.

Artículo 7. El Órgano Ejecutivo, junto con las autoridades municipales y locales, promoverá programas, obras de inversión y actividades culturales en el marco de los 500 años de la fundación del distrito de Natá.

Artículo 8. Se crea la Comisión Nacional de Inversión, Desarrollo Social y Económico del Distrito de Natá en el marco de sus 500 años de fundación. La Comisión Nacional estará integrada por los siguientes miembros: 1. El ministro de la Presidencia o quien este designe. 2. El ministro de Economía y Finanzas o quien este designe. 3. …

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