Ley 22 de 1978 — POR LA CUAL SE DEROGA EN TODAS SUS PARTES LA LEY Nº20 DE 23 DE FEBRERO DE 1978.
Extracto del texto
G.O. 18561
Ley 22 (De 4 de abril de 1978)
“Por la cual se deroga en todas sus partes la Ley No. 20 de 23 de febrero de 1978”.
EL CONSEJO NACIONAL DE LEGISLACIÓN
DECRETA:
Artículo Único. Derógase en todas sus partes la Ley No. 20 de 23 de febrero de 1978. “Por la cual se reglamentan las disposiciones de la Ley No. 23 de 23 de julio de 1977, que adiciona el Decreto Ley No. 13 de 20 de septiembre de 1965.”
Parágrafo: Esta Ley comenzará a regir a partir de la fecha.
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE:
Dada en la ciudad de Panamá, a los 4 días del mes de abril de mil novecientos setenta y ocho.
ING. DEMETRIO B. LAKAS Presidente de la República
GERARDO GONZÁLEZ V. Vicepresidente de la República
JOSÉ OCTAVIO HUERTA Presidente de la Asamblea Nacional de Representantes de Corregimientos
ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ
Relación con otras normas
- Afecta aLey 20 de 1978— LA DEROGA EN SU TOTALIDAD.
Ver todos: Leyes y normas de Panamá, con su vigencia
Lexistmo no es asesoría legal. La fuente oficial es la Gaceta Oficial de la República de Panamá y el documento original.