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Ley 20 de 1978 — POR LA CUAL SE REGLAMENTAN LAS DISPOSICIONES DE LA LEY Nº 23 DE 23 DE JULIO DE 1977, QUE ADICIONA EL DECRETO LEY Nº13 DE 20 DE SEPTIEMBRE DE 1965.

Extracto del texto

G.O. 18554

Ley 20 (De 23 de febrero de 1978)

“Por la cual se reglamentan las disposiciones de la Ley No. 23, de 23 de julio de 1977, que adiciona el Decreto Ley No. 13 de 20 de septiembre de 1965.”

EL CONSEJO NACIONAL DE LEGISLACIÓN

DECRETA:

Artículo 1. Para los efectos del literal 1), del numeral 5, del artículo 1º del Decreto Ley No . 13, de 20 de septiembre de 1965, tiene el carácter de funcionario ejecutivo, o de ejecutivo de una empresa, la persona natural que preste servicios desempeñando, a alto nivel, cualq uier función de confianza, de dirección, de fiscalización, de gerencia, de administración, de representación, de producción tecnológica en la empresa respectiva.

Artículo 2. La certificación de la Zona Libre de Colón a que se refiere el último párrafo del numeral 5 del artículo 1º del Decreto Ley No. 13, de 20 de septiembre de 1965, será expedida por el Gerente de dicha Zona Libre o también por el funcionario de esta que determine el Reglamento de la Zona Libre de Colón.

Artículo 3. A los fines de obtener la certificación de la Zona Libre de Colón relativa a la concesión de visa para ejecutivos o los familiares de éste legalmente autorizados para que se les conceda, será necesario que el interesado o la empresa respectiva de la Zona Libre presente los siguientes documentos: a) Solicitud en papel sellado, mediante poder conferido a un abogado para que se expida la certificación respectiva, firmada por el interesado o por el Representante Legal, Gerente o Subgerente de la empresa, y dirigida al Gerente de la Zona Libre de Colón, acompañándola de una hoja de papel sellado y un timbre del Soldado de la Independencia, en que constará la certificación correspondiente. …

Relación con otras normas

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