Ley 21 de 2018 — QUE REFORMA ARTICULOS DEL CODIGO PENAL.
Extracto del texto
G.O. 28487‐B ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ
LEY 21 De 20 de marzo de 2018
Que reforma artículos del Código Penal
LA ASAMBLEA NACIONAL DECRETA:
Artículo 1. El artículo 50 del Código Penal queda así:
Artículo 50. Las penas que establece este Código son: 1. Principales: a. Prisión. b. Arresto de fines de semana. c. Días-multa. d. Tratamiento terapéutico multidisciplinario. 2. Sustitutivas: a. Prisión domiciliaria. b. Trabajo comunitario. 3. Accesorias: a. Multa. b. Inhabilitación para ejercer funciones públicas. c. Inhabilitación para el ejercicio de determinada profesión, oficio, industria o comercio. d. Comiso. e. Prohibición de portar armas. f. Suspensión de la licencia para conducir. g. Suspensión de la patria potestad y el ejercicio de la tutela. h. Inhabilitación para el ejercicio de cargos, oficios o profesión en parques, parvularios, centros escolares, campos o centros deportivos y áreas aledañas o en cualquier lugar donde regularmente se agrupen personas menores de edad para que practiquen actividades para su desarrollo integral. i. Prohibición de residir en determinado lugar.
Artículo 2. El artículo 65 del Código Penal queda así:
Artículo 65. El trabajo comunitario podrá ser aplicado por el Juez de Conocimiento o por el Juez de Cumplimiento a quien ha sido condenado o esté cumpliendo una pena que no exceda de cinco años de prisión. En el segundo supuesto, será necesario el visto bueno de la Junta Técnica Penitenciaria. Todo trabajo comunitario requerirá del consentimiento escrito del beneficiario y solo se realizará en instituciones públicas de salud o educativas o en casos de calamidades. Se computará a favor del sentenciado un día de prisión por cada cinco días de trabajo realizado.
G.O. 28487‐B
ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ
Relación con otras normas
- Afecta aTexto Unico 1 de 2010— MODIFICA LOS ARTS. 50, 65, 99, 102, 174, 175, 176, 179, 180, 182, 184, 185, 186, 187, 188, 189, 190 Y 191
- Afecta aLey 14 de 2007— MODIFICA LOS ARTS. 50, 65, 99, 102, 174, 175, 176, 179, 180, 182, 184, 185, 186, 187, 188, 189, 190 Y 191
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