Ley 21 de 1983 — POR LA CUAL SE APRUEBA EL CONVENIO CONSTITUTIVO DE LA COORDINACION EDUCATIVA Y CULTURAL CENTROAMERICANA.
Extracto del texto
G.O. 19918
Ley 21 (De 6 de octubre de 1983)
Por la cual se asigna al Proyecto Hidroeléctrico La Fortuna, el nombre de Central Hidroeléctrica Arquitecto Edwin Fábrega.
EL CONSEJO NACIONAL DE LEGISLACION
DECRETA:
Artículo 1. El Proyecto Hidroeléctrico La Fortuna, que lleva a cabo el Instituto de Recursos Hidráulicos y Electrificación (IRHE) en el Distrito de Gualaca, Provincia de Chiriquí, se denominará en lo sucesivo Central Hidroeléctrica Arquitecto Edwin Fábrega.
Artículo 2. Provéanse los fondos necesarios para que en metal perdurable y en lugar preponderante se coloquen las placas y símbolos necesarios para tal designación.
Artículo 3. Esta Ley comenzará a regir a partir de su promulgación.
COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE Dada en la ciudad de Panamá, a los 6 días del mes de octubre de mil novecientos ochenta y tres.
H.R. PROF. LORENZO S. ALFONSO G. Presidente del Consejo Nacional de Legislación
CARLOS CALZADILLA GONZALEA Secretario General del Consejo Nacional de Legislación
ORGANO EJECUTIVO NACIONAL.-PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA PANAMA, REPUBLICA DE PANAMA 6 DE OCTUBRE DE 1983.
RICARDO DE LA ESPRIELLA T. Presidente de la República
JUSTO FIDEL PALACIOS Ministro de Gobierno y Justicia
ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ
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Lexistmo no es asesoría legal. La fuente oficial es la Gaceta Oficial de la República de Panamá y el documento original.