Ley 2 de 2017 — POR LA CUAL SE APRUEBA EL ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE PANAMA Y EL GOBIERNO DE JAPON PARA EL INTERCAMBIO DE INFORMACION EN MATERIA DE IMPUESTOS, FIRMADO EN LA CIUDAD DE PANAMA, EL 25 DE AGOSTO DE 2016.
Extracto del texto
G.O. 28216 ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ LEY 2 De 7 de febrero 2017
Por la cual se aprueba el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Panamá y el Gobierno de Japón para el intercambio de información en materia de impuestos, firmado en la ciudad de Panamá, el 25 de agosto de 2016
LA ASAMBLEA NACIONAL DECRETA:
Artículo 1. Se aprueba,
en todas sus partes, el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Panamá y el Gobierno de Japón para el intercambio de información en materia de impuestos, que a la letra dice:
ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ Y EL GOBIERNO DE JAPÓN PARA EL INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN EN MATERIA DE IMPUESTOS
El Gobierno de la República de Panamá y el Gobierno de Japón,
Deseando concluir un Acuerdo para el intercambio de información en materia de impuestos,
Han acordado lo siguiente:
Artículo 1 OBJETO Y ÁMBITO
Las autoridades competentes de las Partes Contratantes se prestarán asistencia mediante el intercambio de información que sea previsiblemente pertinente para la administración o la aplicación de las leyes de las Partes Contratantes relativas a los impuestos comprendidos en el presente Acuerdo. Dicha información comprenderá aquella que sea previsiblemente pertinente para la determinación, cálculo y recaudación de dichos impuestos, el cobro y la ejecución de reclamaciones tributarias, o la investigación o enjuiciamiento de asuntos tributarios. La información será obtenida, intercambiada y tratada como confidencial de conformidad con las disposiciones del Acuerdo, sujeto a las leyes de las respectivas Partes Contratantes. …
Ver todos: Leyes y normas de Panamá, con su vigencia
Lexistmo no es asesoría legal. La fuente oficial es la Gaceta Oficial de la República de Panamá y el documento original.