Ley 183 de 2020 — QUE MODIFICA Y ADICIONA ARTICULOS A LA LEY 18 DE 2018, SOBRE TRANSPORTE ESPECIAL DE COMBUSTIBLE PARA MAQUINARIA AGRICOLA.
Extracto del texto
Artículo 1. El artículo 1 !ae .la Ley 18 de 2018 queda así:
Artículo 1. Esta Ley establece el marco regulatorio para la actividad de transporte especial de combustible para equipo o maquinaria agrícola, así como las condiciones que deben reunir los vehículos de motor o las unidades de arrastre dispuestas para este fin, de acuerdo con la naturaleza de las vías públicas o privadas que correspondan, con el objeto de facilitar a los productores el tránsito de combustible requerido para las actividades agrícolas diarias en cantidades moderadas que no representen riesgo para la seguridad de la población.
Artículo 2. Se adiciona el artículo 8-A a la Ley 18 de 2018, así: Artíeulo 8-A. Se exceptúan de portar el permiso especial de transporte de combustible los vehículos que transporten hasta 10 galones de gasolina y hasta 150 galones de diésel para fines agrícolas. El conductor solo deberá tener como requisito la licencia de conducir Tipo e o superior y una certificación del Ministerio de Desarrollo Agro cuario en la que conste que es productor agro cuario.
Artículo 3. La presente Ley modifica el artículo 1 y adiciona el artículo 8-A a la Ley 18 de 22 de febrero de 2018. I
Artículo 4. Esta Ley comenzará a regir el día siguiente al de su promulgación. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Proyecto 198 de 2019 aprobado en tercer debate en el Palacio Justo Arosemena, ciudad de Panamá, a los treinta días del mes de septiembre del año dos mil veinte. El Presidente, El Secretario t ' QUi anaYG.
Relación con otras normas
- Afecta aLey 18 de 2018— MODIFICA EL ART. 1 Y ADICIONA EL ART. 8-A
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Lexistmo no es asesoría legal. La fuente oficial es la Gaceta Oficial de la República de Panamá y el documento original.