Ley 18 de 2003 — QUE CREA LOS CORREGIMIENTOS LAS LLANAS, SEGREGADO DEL CORREGIMIENTO LA PITALOZA, EN EL DISTRITO DE LOS POZOS, PROVINCIA DE HERRERA, Y SAN JOSE, SEGREGADO DEL CORREGIMIENTO SAN JUAN, EN EL DISTRITO DE SAN FRANCISCO, PROVINCIA DE VERAGUAS; MODIFICA LOS...
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G.O. 24731 ASAMBLEA LEGISLATIVA, REPUBLICA DE PANAMA LEY 18 De 24 de enero de 2003
Que crea los corregimientos Las Llanas, segregado del corregimiento La Pitaloza, en el distrito de Los Pozos, provincia de Herrera, y San José, segregado del corregimiento San Juan, en el distrito de San Francisco, provincia de Veraguas; modifica los artículos 22 y 64 de la Ley 58 de 1998, y adopta otras disposiciones
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DECRETA:
Artículo 1. Se crean los corregimientos Las Llanas, segregado del corregimiento La Pitaloza, distrito de Los Pozos, provincia de Herrera, y San José, segregado del corregimiento San Juan, distrito de San Francisco, provincia de Veraguas. La cabecera del corregimiento Las Llanas es la comunidad de La Llana y la cabecera del corregimiento San José es la comunidad de San José.
Artículo 2. El artículo 22 de la Ley 58 de 1998 queda así:
Artículo 22. El distrito de Los Pozos se divide en nueve corregimientos a saber: Los Pozos (cabecera), El Capurí, El Calabacito, El Cedro, La Arena, La Pitaloza, Los Cerritos, Los Cerros de Paja y La Llana. La cabecera del distrito es el pueblo de Los Pozos. Los límites de los corregimientos del distrito de Los Pozos son los siguientes: 1. Corregimiento Los Pozos (cabecera) a. Con el corregimiento Los Cerritos: Desde la desembocadura de la quebrada Purgatorio con el río Esquiguita, en los límites con el distrito de Pesé, se sigue por el curso de la mencionada quebrada, aguas arriba hasta donde se le une la quebrada Alambre; desde aquí, se continúa en línea recta en dirección Este, hasta la cima del cerro Borrola; de esta cima se prosigue en línea recta con dirección Sur hasta el nacimiento de la cima del cerro Borrola; …
Relación con otras normas
- Afecta aLey 58 de 1998— MODIFICA LOS ART. 22 Y 64.
- Afecta aLey 41 de 1998— DEROGA LOS ARTICULOS 63, 96, 98, 101 Y 102
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Lexistmo no es asesoría legal. La fuente oficial es la Gaceta Oficial de la República de Panamá y el documento original.