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LeyesLeyVigente · modificada

Ley 17 de 2017 — QUE CREA EL PATRONATO DEL MUSEO ANTROPOLOGICO REINA TORRES DE ARAUZ.

Extracto del texto

G.O.28262-A ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ

LEY 17 De 20 de abril de 2017

Que crea el Patronato del Museo Antropológico Reina Torres de Araúz

LA ASAMBLEA NACIONAL

DECRETA:

Capítulo I Creación, Objetivos y Funciones

Artículo 1. Se crea el Patronato del Museo Antropológico Reina Torres de Araúz, en adelante el Patronato, como entidad jurídica de interés público y social, sin fines de lucro, con patrimonio propio, autonomía en su régimen administrativo, económico y financiero, en el cual pueden participar entidades gubernamentales, entidades privadas, asociaciones cívicas y público en general. El Patronato tendrá su sede en el Museo Antropológico Reina Torres de Araúz, ubicado en el edificio de la antigua estación de tren de la ciudad de Panamá en la Plaza 5 de Mayo del corregimiento Santa Ana, distrito de Panamá, o en el lugar que acuerde el Patronato. El Patronato se regirá por las disposiciones de la presente Ley y sus estatutos.

Artículo 2. El Patronato tendrá a cargo la administración, custodia, conservación, protección y preservación de las instalaciones, objetos, colecciones, muestras museográficas y demás bienes muebles e inmuebles del Museo Antropológico Reina Torres de Araúz, así como los que posea o adquiera en el futuro y sean declarados Patrimonio Histórico. Además, tendrá a cargo la restauración y reapertura del Museo Antropológico Reina Torres de Araúz con fondos que asignará el Órgano Ejecutivo al presupuesto del Instituto Nacional de Cultura.

Artículo 3. El Patronato cumplirá con los objetivos específicos siguientes: 1. Apoyar y colaborar con el Instituto Nacional de Cultura en la reapertura, restauración y habilitación del Museo Antropológico Reina Torres de Araúz y cualquier otra acción necesaria para su puesta en funcionamiento. 2. …

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