Ley 16 de 2002 — QUE REGULA EL DERECHO DE ADMISION EN LOS ESTABLECIMIENTOS PUBLICOS Y DICTA MEDIDAS PARA EVITAR LA DISCRIMINACION
Extracto del texto
G.O. 24530
LEY No. 16 De 10 de abril de 2002
Que regula el derecho de admisión en los establecimientos públicos y dicta medidas para evitar la discriminación
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
DECRETA:
Artículo 1. La presente Ley se fundamenta en los siguientes principios: 1. La prohibición de cualquier acto que denote alguna discriminación, exclusión, restricción o preferencia basada en el color, la raza, el sexo, la edad, la religión, la clase social, el nacimiento, las ideas políticas o filosóficas, o que menoscabe el goce o ejercicio de los derechos fundamentales consagrados en la Constitución Política, así como de los derechos previstos en Convenios Internacionales de Derechos Humanos o en documentos que tengan como finalidad promover el desarrollo de la dignidad del ser humano. 2. La obligación del Estado de promover la aplicación de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, ratificada por la República de Panamá mediante la Ley 49 de 1967. 3. La aplicación de la política del Estado sobre el derecho a la no discriminación y el respeto a los derechos humanos. 4. La obligación del Estado de promover campañas de educación que fomenten el respeto a los Convenios Internacionales de Derechos Humanos ratificados por la República de Panamá, en especial los relacionados con la eliminación de cualquier forma de discriminación. 5. La promoción por el Estado panameño de medidas legislativas, judiciales, administrativas o de otra índole, para combatir cualquier tipo de discriminación.
Artículo 2. Esta Ley tiene los siguientes objetivos: 1. Desarrollar el artículo 19 de la Constitución Política. 2. Condenar la discriminación, en cualquiera de sus formas, y tomar medidas efectivas para asegurar la protección contra actos discriminatorios. 3. …
Relación con otras normas
- Afecta aLey 49 de 1967— ES OBLIGACION DEL ESTADO PROMOVER LA APLICACION DE ESTA LEY
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