Ley 14 de 1992 — POR LA CUAL SE ESTABLECE LA CONDECORACION JOSE DE LA CRUZ HERRERA, DESTINADA AL MAXIMO INDICE ACADEMICO DE LA GRADUACION ANUAL DE LA UNIVERSIDAD DE PANAMA, DE LA UNIVERSIDAD TECNOLOGICA, DE LA UNIVERSIDAD SANTA MARIA LA ANTIGUA Y
Extracto del texto
G. O. 22080
LEY 14
De 13 de julio de 1992
"Por la cual se establece la condecoración JOSE DE LA CRUZ BERRERA, destinada al máximo índice académico de la graduación anual de la Universidad de Panamá, de la Universidad Tecnológica, de la Universidad Santa María La Antigua y demás universidades". LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DECRETA Artículo I. Establézcase la medalla "JOSE DE LA CRUZ HERRERA", como condecoración que será otorgada por el Gobierno Nacional a los universitarios que anualmente se gradúen con el mayor índice académico en la Universidad de panamá, Universidad Tecnológica, universidad Santa María La Antigua y en otras universidades reconocidas en el país.
Artículo 2. La condecoración JOSE DE LA CRUZ HERRERA consiste en una medalla de oro de 18 quilates y 40 milímetros de diámetro que lleva al anverso la efigie del Doctor José de la Cruz Herrera, en alto relieve, alrededor de la cual ha de aparecer la leyenda "José de la Cruz Herrera, educador, filósofo, humanista"; y al reverso, en alto relieve, la leyenda "José de la Cruz Herrera, Garachiné 1876 -Buenos Aires 1961"-, con espacio para grabar el nombre del universitario condecorado, de la universidad respectiva y el año de la graduación.
Artículo 3. Esta medalla será entregada a los condecorados en acto formal que presidirá el Ministro de Educación en su defecto el Viceministro.
Artículo 4. El Órgano Ejecutivo reglamentará la presente Ley.
Artículo 5. Esta Ley empezará a regir a partir de su promulgación.
COMUNIQUESE y PUBLIQUESE Dada en la ciudad de Panamá a los 4 días del mes de junio de mil novecientos noventa y dos
MARCO AMEGLIO SAMUDIO Presidente
RUBEN AROSEMENA VALDES Secretario General
ÓRGANO EJECUTIVO NACIONAL DE LA REPÚBLIC A DE PANAMÁ, REPÚBLICA DE PANAMÁ. 13 de junio de 1992.
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