Ley 117 de 2019 — QUE INSTITUYE EL FESTIVAL NACIONAL DE LA FLOR DEL ESPIRITU SANTO Y CREA SU PATRONATO.
Extracto del texto
G.O. 28917-B ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ LEY 117 De 10 de diciembre de 2019
Que instituye el Festival Nacional de la Flor del Espíritu Santo y crea su Patronato
LA ASAMBLEA NACIONAL DECRETA:
Artículo 1. Se instituye el Festival Nacional de la Flor del Espíritu Santo, en el distrito de Las Minas, provincia de Herrera, la última semana de agosto y la primera semana de septiembre de cada año, tiempo en que florece la orquídea, a fin de realzar la Flor del Espíritu Santo, flor nacional.
Artículo 2. El Festival Nacional de la Flor del Espíritu Santo tendrá por objeto promover el cultivo, conservación y exposición de la Flor del Espíritu Santo, así como fomentar y conservar las raíces, costumbres y tradiciones, exaltando el verdadero sentir de esta región del país.
Artículo 3. El Ministerio de Educación, el Ministerio de Cultura, la Autoridad de Turismo de Panamá, los productores de orquídeas y las autoridades distritales organizarán eventos alusivos a la fecha.
Artículo 4. Se crea el Patronato del Festival Nacional de la Flor del Espíritu Santo, en adelante el Patronato, como entidad sin fines de lucro, con patrimonio propio, personería jurídica y autonomía en su régimen administrativo, que organizará, administrará y ejecutará el Festival Nacional de la Flor del Espíritu Santo.
Artículo 5. El Patronato tendrá los objetivos siguientes: 1. Asegurar que anualmente se celebre, en el distrito de Las Minas, provincia de Herrera, el Festival Nacional de la Flor del Espíritu Santo. 2. Promover, organizar, administrar y ejecutar todas las acciones destinadas a la celebración del Festival Nacional de la Flor del Espíritu Santo, dando participación a las diferentes expresiones regionales y nacionales. 3. …
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