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Ley 116 de 2019 — QUE MODIFICA UN ARTICULO DEL CODIGO PENAL. (DELITO DE EVASION FISCAL).

Extracto del texto

G.O. 28916-A ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ LEY 116 De 5 de diciembre de 2019

Que modifica un artículo del Código Penal

LA ASAMBLEA NACIONAL DECRETA:

Artículo 1. El artículo 288-J del Código Penal queda así: Artículo 288-J. En los casos previstos en este Capítulo, se eximirá de la pena a quien pague el monto de la obligación tributaria defraudada y sus accesorios formales, en forma incondicional y total, antes de que la sentencia quede en firme o ejecutoriada. En caso de que dicho pago se realice durante la fase de investigación, no se ejercerá la acción penal contra la persona investigada. En ambos casos, e indistintamente de la fase procesal en la que se realice el pago, este beneficio se otorgará una sola vez a cada persona natural o jurídica.

Artículo 2. La presente Ley modifica el artículo 288-J del Texto Único del Código Penal.

Artículo 3. Esta Ley comenzará a regir desde su promulgación.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Proyecto 87 de 2019 aprobado en tercer debate en el Palacio Justo Arosemena, ciudad de Panamá, a los veintiocho días del mes de octubre del año dos mil diecinueve.

El Presidente,

Marcos E. Castillero Barahona

El Secretario General,

Quibian T. Panay G.

ÓRGANO EJECUTIVO NACIONAL, PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA PANAMÁ, REPÚBLICA DE PANAMÁ, 5 DE DICIEMBRE DE 2019.

LAURENTINO CORTIZO COHEN Presidente de la República

HÉCTOR ALEXANDER H. Ministro de Economía y Finanzas

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