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Ley 10 de 2016 — QUE MODIFICA LA LEY 70 DE 1975, QUE CREA EL INSTITUTO DE MERCADEO AGROPECUARIO Y DETERMINA SUS FUNCIONES.

Extracto del texto

G.O. 28013-A

ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ LEY 10 De 15 de abril de 2016

Que modifica la Ley 70 de 1975, que crea el Instituto de Mercadeo Agropecuario y determina sus funciones

LA ASAMBLEA NACIONAL DECRETA:

Artículo 1. El artículo 5 de la Ley 70 de 1975 queda así:

Artículo 5. El Comité Ejecutivo estará integrado por: a. El ministro de Desarrollo Agropecuario o su representante, quien lo presidirá. b. El gerente del Banco de Desarrollo Agropecuario o su representante. c. El director general del Instituto de Investigaciones Agropecuarias de Panamá o su representante. d. El director general del Instituto de Seguro Agropecuario o su representante. e. Un representante de la Unión Nacional de Productores Agropecuarios de Panamá. f. Un representante de la Contraloría General de la República, solo con derecho a voz. El director general del Instituto de Mercadeo Agropecuario o su representante participará en las sesiones del Comité Ejecutivo, con derecho a voz, y será su secretario.

Artículo 2. El artículo 7 de la Ley 70 de 1975 queda así:

Artículo 7. El Comité Ejecutivo queda facultado para dirigir la ejecución de la política de mercadeo y tendrá, para tal fin, las facultades siguientes: a. Desarrollar un esquema de adquisición de la producción nacional, fundamentalmente atendiendo las exigencias de sus programas y la capacidad de los productores y comercializadores nacionales. b. Adoptar las medidas que considere necesarias para atender los temas vinculados a la comercialización de la producción nacional. c. Promover, en coordinación con el Ministerio de Comercio e Industrias, la creación de un sistema de apoyo e información comercial para la promoción de nuestros productos en el exterior. d. …

Relación con otras normas

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