Ley 1 de 2001 — SOBRE MEDICAMENTOS Y OTROS PRODUCTOS PARA LA SALUD HUMANA.
Extracto del texto
G.O. 24218 ASAMBLEA LEGISLATIVA, REPUBLICA DE PANAMA LEY No. 1 De 10 de enero de 2001 Sobre Medicamentos y otros Productos para la Salud Humana LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DECRETA: Título I Del Ambito de Aplicación, Objetivos, Definiciones, Principios y Competencias Capítulo I Ambito de Aplicación y Objetivos
Articulo 1. Ámbito de aplicación. Esta Ley, regula el manejo en general de la fabricación, importación, adquisición, distribución, comercialización, información y publicidad, el registro sanitario y control de calidad de medicamentos terminados, especialidades farmacéuticas, psicotrópicos, estupefacientes y precursores químicos de uso medicinal; de los productos biológicos, productos medicamentosos desarrollados por la ingeniería genética, fitofármacos, radiofármacos, suplementos vitamínicos, dietéticos y homeopáticos y suplementos alimenticios con propiedad terapéutica; de los equipos e insumos médico-quirúrgicos, odontológicos y radiológicos, productos o materiales de uso interno, sean biológicos o biotecnológicos, empleados en la salud humana; de los productos cosméticos, plaguicidas de uso doméstico y de salud publica, antisépticos y desinfectantes, productos de limpieza y cualquier otro producto relacionado con la salud de los seres humanos, que exista o que pueda existir. Lo anterior es sin perjuicio de las normas vigentes y las que se dicten en el futuro, que limiten la importación y comercialización de algunos de estos productos. …
Relación con otras normas
- Afecta aResolucion 24 de 2000— APRUEBA INSTRUCCTIVO PARA REVISION DE PRECIO DE MEDICAMENTOS
- Afecta aDecreto Ejecutivo 665 de 1993— LO DEROGA EN SU TOTALIDAD.
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Lexistmo no es asesoría legal. La fuente oficial es la Gaceta Oficial de la República de Panamá y el documento original.