Decreto Ejecutivo 1 de 2002 — POR EL CUAL SE MODIFICA EL ARTICULO 2 DEL DECRETO EJECUTIVO N.42 DE 24 DE NOVIEMBRE DE 1983. (DIRECCION GENERAL DE ADUANAS)
Extracto del texto
REPÚBLICA DE PANAMÁ ASAMBLEA LEGISLATIVA LEGISPAN LEGISLACIÓN DE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ
Tipo de Norma: DECRETO EJECUTIVO Número: 1 Referencia: Año: 2002 Fecha(dd-mm-aaaa): 04-01-2002 Titulo: POR EL CUAL SE MODIFICA EL ARTICULO 2 DEL DECRETO EJECUTIVO N.42 DE 24 DE NOVIEMBRE DE 1983. (DIRECCION GENERAL DE ADUANAS)
Dictada por: MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS Gaceta Oficial: 24469 Publicada el: 14-01-2002 Rama del Derecho: DER. ADMINISTRATIVO
Palabras Claves: Organizacion Gubernamental, Tarifas aduaneras, Puertos
Páginas: 2 Tamaño en Mb: 0.872 Rollo: 302 Posición: 3192 4 :,‘ .c Gaceta OIiclal, lunes 14 de enero de 2902 ,’ ww@ .’ . -i- - MINIiiERiO DE ECONOMtiY FINANZAS :i :: DECRETO EJECUTIVO W 1 (De \ 4 de enero de 2002) < . u Porel cual se’moditicael Artfculo 2,del D&& Ejecutivo Na 42 de 24 de noviembre deJ9@:, ’
LA PRESIbENTA,DE LA REPÚBLICA, 7. en uso de sus facultades legales, % 1 CONSIDERANDO: ;
Que es potestad ,del Órgano Ejecutivo ‘determinar las directrices ,necesarias para promover el desarrollo de la política económica del Estado.
Que el Articulo segundo. del Decreto Ejecutivo N” 42, de, 24 de noviembre de 1983, establece las Administraciones Regionales de Aduanas en el territorio nacional y conforme \ al mismo la Provincia del Darién forma parte de la Administración Regional de Aduanas de la Zona Qriental.
Que en la Provincia del Darién se requiere de una unidad administrativa que iunja como entidad de físca@ación y de control aduanero, acorde con el incremento de las actividades comerciales que se llevan acabo en dicha jurisdicción.
j Que se hace necesario crear una Administración Regional de Aduanas destinada exclusivamente para atender la zona comprendida por la Provincia del Darikn. en :uanto a materia de fiscalización y control aduanero se refiere.
DECRETA:
Relación con otras normas
- Afecta aDecreto Ejecutivo 42 de 1983— MODIFICA EL ARTICULO SEGUNDO DEL DECRETO EJECUTIVO NO. 42 DE 1983
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