Saltar al contenido
EntrarEmpezar gratis
DGCPConsulta jurídica

Procedimiento Excepcional

El artículo 79 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, establece los casos en que podrá ser utilizado el procedimiento…

Extracto del texto

Panamá, 28 de junio de 2022 DGCP-DS-DJ-779-2022 Licenciada ANA M. REYES Administradora Encargada Autoridad Marítima de Panamá E. S. D. Licenciada Reyes: Hacemos referencia a su Nota No.ADM-1157-06-2022-DGPIMA-CCP de 6 de junio del año en curso, mediante la cual solicita información sobre si el procedimiento excepcional de contratación es el único procedimiento que debe realizarse para contratar los servicios de mitigación de sucesos de derrames de hidrocarburos en aguas jurisdiccionales panameñas, por razones de urgencia, según lo establecido en los numerales 40 y 56 del artículo 2 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020. Señala en su misiva que, la anterior información se hace necesaria para actualizar los procedimientos y cumplir así la responsabilidad de establecer mecanismos para responder de manera rápida los sucesos de contaminación, de acuerdo a lo establecido en el numeral 2 del párrafo 50 del Código para la implantación de los instrumentos de la OMI (Código III, por sus siglas en inglés), adoptado por la Resolución ADM No.014-2021 de 17 de febrero de 2021. …

Ver todos: Pronunciamientos y consultas jurídicas de la DGCP

Empieza hoy, sin tarjeta.