Procedimiento Especial de Contratación: Simple Prórroga
La Dirección General de Contrataciones Públicas considera que, si el contrato inicial que se pretende prorrogar es igual o inferior en vigencia o monto al…
Extracto del texto
> DIRECCIÓN GENERAL DE
REPÚBLICA DE PANAMÁ CONTRATACIONES PÚBLICAS — GOBIERNO NACIONAL —
Panamá, 18 de septiembre de 2019 DGCP-DJ-167-2019 Licenciado . JAIME A. JACOME DE LA GUARDIA Jácome de la Guardia y Asociados Es S.. D.
Licenciado Jácome:
Me refiero a su memorial, recibido en este Despacho el 5 de septiembre de 2019, a través de la cual, solicita que esta Dirección certifique, si la Resolución de Excepción de contratación de la Dirección General de Contrataciones Públicas, exigida por la contraloría para otorgar el refrendo del Contrato de Arrendamiento No. 25-2019 celebrado entre el Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial con los señores Elizabeth Victoria Llaurado Monteza y Jorge Enrique Llaurado Monteza, es correcta o improcedente.
Señala en su nota, que el contrato detallado en el párrafo anterior, es de las contrataciones descritas en el artículo 78 de la Ley 22 de 2006 y no de las contrataciones establecidas en el artículo 77 de dicha normativa, por lo que, tratándose de un Procedimiento Especial de Contratación, no requiere de resolución de Excepción de Contratación de la DGCP.
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Lexistmo no es asesoría legal. La fuente oficial es la Gaceta Oficial de la República de Panamá y el documento original.