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DGCPConsulta jurídica

Contratación de Concesiones

El Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, no contempla o establece propiamente la figura denominada “Convenio de Concesión”. No…

Extracto del texto

Panamá, 10 de agosto de 2021 DGCP-DJ-DS-960-2021 Honorable Representante RICARDO DOMÍNGUEZ Junta Comunal de Bella Vista Distrito de Panamá E. S. D. Damos respuesta a su nota No .578/21 de 13 de julio de 2021, mediante la cual consulta a esta Dirección esclarecer el procedimiento a seguir para implementar la figura de “Convenio de Concesión” en la Junta Comunal de Bella Vista. Indica en su nota que, actualmente se han firmado dos (2) convenios, razón por la que elevan la consulta descrita anteriormente a fin de determinar la legalidad del procedimiento a seguir. Es oportuno indicar que la Dirección General de Contrataciones Públicas, tiene competencia para absolver las consultas en materia de implementación y aplicación de la Ley 22 de 27 de junio 2006, que regula la contratación pública, así como la facultad de regular, interpretar, fiscalizar y asesorar en los procedimientos de selección de contratista que realicen las instituciones estatales. Para dar respuesta a su consulta debemos hacer referencia al artículo 1 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020: “

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