Vulneración del debido proceso legal - Vicios de nulidad absoluta en el procedimiento de selección de contratista
Recurso de impugnación de Eric” Joel Mendoza — (distribuidora Mexavi). Resolución del TACP publicada el 26 de marzo de 2026. Ponente: Kathia Lee Duque.
Extracto del texto
REPÚBLICA DE PANAMÁ TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
RECURSO DE IMPUGNACIÓN
EXPEDIENTE No. 003-2026
RECURRENTE: ERIC” JOEL MENDOZA — (DISTRIBUIDORA MEXAVI)
ACTO IMPUGNADO: RESOLUCIÓN No. 104-2025/HSMA del 30 de
diciembre de 2025, mediante el cual se rechazaron todas las propuestas recibidas para el acto público de selección de contratista por Licitación Pública No. 2025-0-12-18-08-LP-000450, proferida por el MINISTERIO DE SALUD (HOSPITAL SAN MIGUEL ARCANGEL)
MAGISTRADA PONENTE: KATHIA LEE DUQUE RESOLUCIÓN No.014-2026 -Pleno/TACP de 5 de febrero de 2026 (Decisión).
CONSIDERANDO:
Que la Ley 22 de 27 de junio de 2006, mediante el Texto Único ordenado por la Ley 153 de 8 de mayo de 2020, que regula la Contratación Pública en Panamá; en su artículo 146 crea el Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas como ente independiente e imparcial, con jurisdicción en todo el territorio de la República, el cual tiene competencia privativa para conocer en única instancia del Recurso de
Impugnación contra cualquier acto de adjudicación, deserción o rechazo de propuestas
relacionado con los procedimientos de selección de contratista.
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Lexistmo no es asesoría legal. La fuente oficial es la Gaceta Oficial de la República de Panamá y el documento original.