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Resolución TACP

Recurso de apelacion de Ingelectrica Economica, S.a contra resolución No. 079-2008-D.G. de 12 de junio de 2008, emitida por el INSTITUTO PANAMEÑO DE…

Extracto del texto

REPÚBLICA DE PANAMÁ

Arnes

TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CONTRATACIONES PÚBLICAS

Central Telefónica: 515-3001 Calzada de Amador, Edificio No.1112

RECURSO DE APELACION EXPEDIENTE No. 015-2008 de 27 de junio de 2008 RECURRENTE: INGELECTRICA ECONOMICA, S.A

ACTO RECURRIDO: Resolución No. 079-2008-D.G. de 12 de junio de 2008, emitida por el INSTITUTO PANAMEÑO DE DEPORTES (PANDEPORTES).

Magistrada Ponente: IRASEMA TIJERINO R.

RESOLUCIÓN No. 060-PLENO/TAdeCP de 22 de julio de 2008 (Apelacion no viable).

Por la cual se declara no viable el Recurso de Apelación promovido por INGELECTRICA ECONOMICA, S.A., contra la Resolución No. 079-2008-D.G. de 12 de junio de 2008.

CONSIDERACIONES

La ley 22 de 27 de junio de 2006, regula la Contratación Pública en Panamá y en su artículo 104 establece la creación del Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas como ente independiente e imparcial, con jurisdicción en todo el territorio

de la República.

El artículo 101, numeral 4, de la citada ley regula lo relativo a la resolución del contrato administrativo suscrito entre la entidad contratante y el contratista, al señalar expresamente que los actos administrativos que se dicten al efecto, son recurribles ante el …

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