Resolución No.225-Pleno/TACP de 25 de noviembre de 2019 (Decisión-Contraproyecto)
Recurso de impugnación de Gloria Batista de López (inversiones Nadeka). Resolución del TACP publicada el 12 de diciembre de 2019.
Extracto del texto
REPÚBLICA DE PANAMÁ TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
RECURSO DE IMPUGNACIÓN
EXPEDIENTE 187-2019 RECURRENTE: GLORIA BATISTA DE LÓPEZ (INVERSIONES NADEKA).
ACTO IMPUGNADO: Resolución No. 192 de 30 de agosto de 2019, proferida por el Instituto de Acueductos y Alcantarillados Nacionales, correspondiente al procedimiento de selección de contratista por compra menor No. 2019-2- 66-0-15-CM-015155.
MAGISTRADO CONTRAPROYECTA: DIÓGENES DE LA ROSA CISNEROS
RESOLUCIÓN N*225-Pleno/TACP de 25 de noviembre de 2019 (Decisión- Contraproyecto).
CONSIDERANDO:
Que la Ley No. 22 de 27 de junio de 2006, mediante el Texto Único ordenado por el artículo 103 de la Ley No. 61 de 27 de septiembre de 2017, regula la Contratación Pública en Panamá, en su artículo 136 crea el Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas como ente independiente e imparcial, con jurisdicción en todo el territorio de la República, el cual tiene competencia privativa para conocer en única instancia del Recurso de Impugnación contra cualquier acto de adjudicación,
deserción o rechazo de propuestas relacionado con los procedimientos de selección
de contratista.
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Lexistmo no es asesoría legal. La fuente oficial es la Gaceta Oficial de la República de Panamá y el documento original.