Resolución No.206-2018 Pleno/TACP de 6 de noviembre de 2018 (Decisión) Cumplimiento de Propuesta y Equisitos
Recurso de impugnación de Acto Impugnado: Comin/ y e 27 092-2018 Gbm de Panamá, S.a contra cOMIN/ y e 27 092-2018 GBM DE PANAMÁ, S.A. Resolución del TACP…
Extracto del texto
RECURSO DE IMPUGNACIÓN
EXPEDIENTE No.
RECURRENTE: ACTO IMPUGNADO:
COMIN/ y e 27
092-2018
GBM DE PANAMÁ, S.A. Resolución No.63 de 26 de julio de 2018 por la cual
se adjudica a la empresa CABLE ONDA, S.A.,, el acto de licitación por mejor valor No. 2017-1-46-0- 08-LV-002994 para contratar el "SERVICIO DE NUBE PRIVADA PARA EL PROGRAMA DE NUBE COMPUTACIONAL GUBERNAMENTAL,
ADMINISTRADO. POR LA AUTORIDAD NACIONAL PARA LA INNOVACIÓN GUBERNAMENTAL” .
MAGISTRADO PONENTE: JOSÉ ARANDA RÍOS
RESOLUCIÓN No. 206-2018 Pleno/TACP de 6 de noviembre de 2018 (Decisión).
CONSIDERANDO:
Que la Ley 22 de 27 de junio de 2006, mediante el Texto Único ordenado por la Ley 48 de 10 de mayo de 2011, recientemente reformada por la Ley 61 de 27 de septiembre de 2017, que regula la Contratación Pública en Panamá; en su artículo 120 crea el Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas como ente independiente e imparcial, con jurisdicción en todo el territorio de la República, el cual tiene competencia privativa para conocer en única instancia del Recurso de
Impugnación contra cualquier acto de adjudicación, deserción o rechazo de
propuestas relacionado con los procedimientos de selección de contratista.
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Lexistmo no es asesoría legal. La fuente oficial es la Gaceta Oficial de la República de Panamá y el documento original.