Resolución No.170-2019-Pleno/TACP de 13 de septiembre de 2019 (Decisión)
Recurso de impugnación de Especialidades del Pacifico Panamá (EDP Panamá Sa) S.a. Resolución del TACP publicada el 2 de octubre de 2019. Ponente: José…
Extracto del texto
REPÚBLICA DE PANAMÁ TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
RECURSO DE IMPUGNACIÓN EXPEDIENTE No. 137-2019
RECURRENTE: ESPECIALIDADES DEL PACIFICO PANAMÁ (EDP PANAMÁ SA) S.A.
ACTO IMPUGNADO: Cuadro de Cotizaciones N” 148 del 10 de julio de 2019, emitido por el Instituto Nacional de Formación Profesional y Capacitación para el Desarrollo Humano (INADEH), por medio del cual se canceló el acto público No. 2019-1-37-0-08-CM- 013657,
MAGISTRADO PONENTE: JOSÉ ARANDA RÍOS
RESOLUCIÓN No.170-2019-Pleno/TACP de 13 de septiembre de 2019 (Decisión).
CONSIDERANDO:
Que la Ley 22 de 27 de junio de 2006, mediante el Texto Único ordenado por la Ley 61 de 27 de septiembre de 2017, que regula la Contratación Pública en Panamá; en su artículo 136 crea el Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas como ente independiente e imparcial, con jurisdicción en todo el territorio de la República, el cual tiene competencia privativa para conocer en única instancia del recurso de impugnación contra cualquier acto de adjudicación, deserción o rechazo de propuestas relacionado con los procedimientos de selección de contratista.
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Lexistmo no es asesoría legal. La fuente oficial es la Gaceta Oficial de la República de Panamá y el documento original.