Resolución No.159-Pleno/TACP de 3 de septiembre de 2019 (Decisión-Contraproyecto)
Recurso de impugnación de Suplidora Lanag, S.A. y Velco Import 4 Export, S.a contra resolución No. DGCP-DS-034-2019 de 27 de mayo de 2019, proferida por la…
Extracto del texto
REPÚBLICA DE PANAMÁ
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CONTRATACIONES PÚBLICAS RECURSO DE IMPUGNACIÓN
EXPEDIENTE 085-2019 y 089-2019 RECURRENTE: SUPLIDORA LANAG, S.A. y VELCO IMPORT 4 EXPORT, S.A.
ACTO IMPUGNADO: Resolución No. DGCP-DS-034-2019 de 27 de mayo de 2019, proferida por la Dirección General de Contrataciones Públicas dentro del procedimiento de selección de contratista No.2018-1-27-0-99-LM-001971.
MAGISTRADO CONTRAPROYECTA: DIÓGENES DE LA ROSA CISNEROS
Resolución No. 159-Pleno/TACP de 3 de septiembre de 2019 (Decisión- Contraproyecto).
CONSIDERANDO:
Que la Ley No. 22 de 27 de junio de 2006, mediante el Texto Único ordenado por el artículo 103 de la Ley No. 61 de 27 de septiembre de 2017, regula la Contratación Pública en Panamá, en su artículo 136 crea el Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas como ente independiente e imparcial, con jurisdicción en todo el territorio de la República, el cual tiene competencia privativa para conocer en única instancia del Recurso de Impugnación contra cualquier acto de adjudicación,
deserción o rechazo de propuestas relacionado con los procedimientos de selección
de contratista.
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Lexistmo no es asesoría legal. La fuente oficial es la Gaceta Oficial de la República de Panamá y el documento original.