Resolución No.155-2022-Pleno/TACP de 17 de agosto de 2022 (Decisión) Verificación inconclusa y sin motivación
Recurso de impugnación de Confecciones Comodoro, S.a contra resolución N*"GG-218-2022 de 27 de junio de 2022, emitida por el BANCO NACIONAL DE PANAMÁ, por…
Extracto del texto
REPÚBLICA DE PANAMÁ TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
RECURSO DE IMPUGNACIÓN
EXPEDIENTE No. 133-2022 RECURRENTE: CONFECCIONES COMODORO, S.A. ACTO IMPUGNADO: Resolución N*"GG-218-2022 de 27 de junio de
2022, emitida por el BANCO NACIONAL DE PANAMÁ, por medio del cual se adjudicó el acto público N*2022-1-01-0-08-LP-019967.
MAGISTRADO PONENTE: JOSÉ ARANDA RÍOS
RESOLUCIÓN No.155-2022-Pleno/TACP de 17 de agosto de 2022 (Decisión). CONSIDERANDO:
Que la Ley 22 de 27 de junio de 2006, mediante el Texto Único ordenado por la Ley 153 de 8 de mayo de 2020, que regula la Contratación Pública en Panamá; en su artículo 146 crea el Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas como ente independiente e imparcial, con jurisdicción en todo el territorio de la República, el cual tiene competencia privativa para conocer en única instancia del recurso de impugnación contra cualquier acto de adjudicación, deserción o rechazo de propuestas
o cualquier acto que afecte la selección objetiva del contratista, emitidos por las
entidades en los procedimientos de selección de contratista.
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Lexistmo no es asesoría legal. La fuente oficial es la Gaceta Oficial de la República de Panamá y el documento original.