Resolución No. 142-2018-Pleno-TACP (IMP - Decisión) Informe de la Comisión Evaluadora
Recurso de impugnación de Compañía Especializada, S.a contra resolución No. 036 de 19 de marzo de 2018, proferida por el Instituto Panameño de Deportes…
Extracto del texto
REPÚBLICA DE PANAMÁ TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
RECURSO DE IMPUGNACIÓN
EXPEDIENTE No. 031-2018 RECURRENTE: COMPAÑÍA ESPECIALIZADA, S.A. ACTO IMPUGNADO: Resolución No. 036 de 19 de marzo de 2018, proferida por
el Instituto Panameño de Deportes (PANDEPORTES), dentro del Acto Público N” 2017-1-35-0-06-LV-006974.
Magistrado Ponente: DIÓGENES DE LA ROSA CISNEROS.
Resolución No. 142-2018-Pleno/TACP de 26 de junio de 2018. (Decisión)
CONSIDERANDO:
El Texto Único de la Ley 22 de 27 de junio de 2006, que regula la Contratación Pública en Panamá y crea en su artículo 120 el Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas, como ente independiente e imparcial, con jurisdicción en todo el territorio de la República, el cual tiene competencia privativa para conocer en única instancia del Recurso de Impugnación contra una resolución u otro acto que adjudique o declare desierto un acto público o por una resolución u otro acto administrativo en el cual se rechazan las propuestas, emitidas por las entidades en los procedimientos de
selección de contratista.
De igual forma, el Decreto Ejecutivo No.366 de 28 de diciembre de 2006, por el cual se reglamenta la Ley 22 de 27 de junio de …
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Lexistmo no es asesoría legal. La fuente oficial es la Gaceta Oficial de la República de Panamá y el documento original.