Resolución No.129-2019-Pleno/TACP de 30 de julio de 2019 (Decisión)
Recurso de impugnación de Distribuidora Mini Market, S.a contra resuelto N*2177 de 13 de mayo de 2019, por el cual el MINISTERIO DE EDUCACIÓN (MEDUCA),…
Extracto del texto
REPÚBLICA DE PANAMÁ % TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CONTRATACIONES PÚBLICA
RECURSO DE IMPUGNACIÓN
EXPEDIENTE N: 075-2019 RECURRENTE: DISTRIBUIDORA MINI MARKET, S.A. ACTO IMPUGNADO: Resuelto N*2177 de 13 de mayo de 2019, por el cual
el MINISTERIO DE EDUCACIÓN (MEDUCA), adjudicó el acto de selección de contratista por Licitación Pública No.2018-0-07-0-02-LP-035507.
MAGISTRADO PONENTE: ELÍAS SOLÍS GONZÁLEZ RESOLUCIÓN N*129-2019-Pleno/TACP de 30 de julio de 2019 (Decisión). CONSIDERANDO:
El Texto Único de la Ley 22 de 27 de junio de 2006, que regula la contratación pública, ordenado mediante la Ley 61 de 27 de septiembre de 2017, en su artículo 136 crea al Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas, como ente independiente e imparcial, con jurisdicción en todo el territorio de la República y competencia privativa, por naturaleza del asunto, para conocer en Única instancia del recurso de impugnación contra el acto de adjudicación, la declaratoria de deserción o el acto o resolución por la cual se rechazan las propuestas, emitidas por las entidades en los procedimientos de selección de contratista.
L ANTECEDENTES.
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Lexistmo no es asesoría legal. La fuente oficial es la Gaceta Oficial de la República de Panamá y el documento original.