Resolución No.112-2019-Pleno/TACP de 5 de julio de 2019 (Decisión)
Recurso de impugnación. Resolución del TACP publicada el 23 de julio de 2019. Ponente: Elías Solís González.
Extracto del texto
REPÚBLICA DE PANAMÁ TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
INCUMPLIMIENTO DE DECISIÓN EJECUTORIADA EXPEDIENTE N: 096-2019
SOLICITANTE: FÉLIX ALBERTO LÓPEZ DÍAZ (ESTABLECIMIENTO COMERCIAL EMPRESA BARÚ).
ACTUACIÓN: Incumplimiento de la Resolución No.089-2014- Pleno/TAdeCP de 29 de agosto de 2014 (Decisión), que resolvió el Recurso de Impugnación N*129-2013, promovido por la empresa Ingeniería Mosmar, S.A., en contra de la Resolución 1670 de 22 de noviembre de 2013, proferida por el Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial (MIVIOT).
MAGISTRADO PONENTE: ELÍAS SOLÍS GONZÁLEZ RESOLUCIÓN N*112-2019-Pleno/TACP de 5 de julio de 2019 (Decisión). CONSIDERANDO:
La orden de compra / contrato que nos ocupa surgió antes de la entrada en vigencia de la Ley 61 de 2017, que reforma la Ley 22 de 2006, que regula la contratación pública, por lo que debemos atender lo dispuesto en el artículo 100 de la aludida excerta legal, en el sentido que “a los procedimientos de selección de contratistas o contratos perfeccionados iniciados con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente Ley, se les aplicarán las normas vigentes al momento de su convocatoria o perfeccionamiento”.
Ver todos: Resoluciones del Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas
Lexistmo no es asesoría legal. La fuente oficial es la Gaceta Oficial de la República de Panamá y el documento original.