Resolución No.100-Pleno/TACP de 7 de junio de 2019 (Decisión)
Recurso de impugnación de Comipel, S.a contra resolución No. DNC-193-2019-D.C de 25 de abril de 2019, proferida por la Caja de Seguro Social,…
Extracto del texto
a os A o ADMINIS e
REPÚBLICA DE PANAMÁ TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CONTRATACIONES PÚBLICAS RECURSO DE IMPUGNACIÓN EXPEDIENTE 067-2019 RECURRENTE: COMIPEL, S.A.
ACTO IMPUGNADO: Resolución No. DNC-193-2019-D.C de 25 de abril de 2019, proferida por la Caja de Seguro Social, correspondiente al procedimiento de selección de contratista por licitación pública No. 2018-1-10-0-08-LP- 291686.
MAGISTRADO PONENTE: DIÓGENES DE LA ROSA CISNEROS
RESOLUCIÓN N*100-Pleno/TACP de 7 de junio de 2019 (Decisión). CONSIDERANDO:
Que la Ley No. 22 de 27 de junio de 2006, mediante el Texto Único ordenado por el artículo 103 de la Ley No. 61 de 27 de septiembre de 2017, regula la Contratación Pública en Panamá, en su artículo 136 crea el Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas como ente independiente e imparcial, con jurisdicción en todo el territorio de la República, el cual tiene competencia privativa para conocer en única instancia del Recurso de Impugnación contra cualquier acto de adjudicación, deserción o rechazo de propuestas relacionado con los procedimientos de selección
de contratista,
Ver todos: Resoluciones del Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas
Lexistmo no es asesoría legal. La fuente oficial es la Gaceta Oficial de la República de Panamá y el documento original.