Resolución No.092-2019-Pleno/TACP de 5 de junio de 2019 (Decisión)
Recurso de impugnación de Odyssey International, S.a contra resolución N*27 de 18 de abril de 2019 proferida por el Ministerio de la Presidencia, dentro del…
Extracto del texto
REPÚBLICA DE PANAMÁ TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CONTRATACIONES PÚBLICAS RECURSO DE IMPUGNACIÓN
EXPEDIENTE No. 056-2019 RECURRENTE: ODYSSEY INTERNATIONAL, S.A. ACTO IMPUGNADO: Resolución N*27 de 18 de abril de 2019
proferida por el Ministerio de la Presidencia, dentro del acto de selección de contratista N*2019-0-03-0-08-LP-033881.
MAGISTRADO PONENTE: DIÓGENES DE LA ROSA CISNEROS
RESOLUCIÓN No.092-2019-Pleno/TACP de 5 de junio de 2019 (Decisión).
CONSIDERANDO:
Que la Ley N*22 de 27 de junio del 2006, mediante el Texto Único ordenado por la Ley 61 de 2017, que regula las Contrataciones Públicas en Panamá, en su artículo 136, crea el Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas como ente independiente e imparcial, con jurisdicción en todo el territorio de la República, el cual tiene competencia privativa para conocer en única instancia del Recurso de Impugnación contra cualquier acto de adjudicación, deserción o rechazo de propuestas relacionado con los
procedimientos de selección de contratista.
Así las cosas, el Decreto Ejecutivo N*40 de 10 de abril de 2018, por el cual se reglamenta la Ley 22 de 27 de junio de 2006, en sus artículos 207 y siguientes, establece los requisitos para la …
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Lexistmo no es asesoría legal. La fuente oficial es la Gaceta Oficial de la República de Panamá y el documento original.