Resolución No. 086-2018-Pleno-TACP (IMP - Decisión)
Recurso de apelación de Hildebranda Flores de Botello. Resolución del TACP publicada el 17 de mayo de 2018. Ponente: José Aranda Ríos.
Extracto del texto
REPUBLICA DE PANAMA TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
RECURSO DE APELACIÓN
EXPEDIENTE No. 014-2018 RECURRENTE: HILDEBRANDA FLORES DE BOTELLO
ACTO IMPUGNADO: Resolución Ejecutiva No. 010-2018 de 19 de enero de 2018, por medio del cual se resuelve administrativamente el contrato No.73-2017 de 13 de diciembre de 2016, dentro del Acto Público No. 2017-2- 66-0-99-LA-012624 emitida por el INSTITUTO DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS NACIONALES (IDAAN).
MAGISTRADO PONENTE: JOSÉ ARANDA RÍOS. RESOLUCIÓN No.088-2018-Pleno /TACP de 24 de abril de 2018.
CONSIDERANDO:
Que la Ley 22 de 27 de junio de 2006, recientemente reformada por la Ley 61 de 27 de septiembre de 2017, que regula la Contratación Pública en Panamá y en su artículo 136 se crea el Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas como un ente independiente e imparcial, con jurisdicción en todo el territorio de la República, el cual tiene competencia privativa para conocer en única instancia sobre el recurso de impugnación contra cualquier acto de adjudicación relacionado con los procedimientos de selección de contratista y el de apelación en contra de la resolución administrativa del contrato.
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