Resolución No.004-2020-Pleno/TACP de 6 de enero de 2020 (Decisión) Medidas de Retorsión
Recurso de impugnación de Gloria Batista de Lopez (establecimiento Comercial Inversiones Nadeka). Resolución del TACP publicada el 10 de enero de 2020.…
Extracto del texto
REPÚBLICA DE PANAMÁ TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
RECURSO DE IMPUGNACIÓN EXPEDIENTE N?: 222-2019.
RECURRENTE: GLORIA BATISTA DE LOPEZ (Establecimiento Comercial INVERSIONES NADEKA).
ACTO IMPUGNADO: Cuadro de Cotizaciones 018 de 14 de octubre de 2019, por la cual se dispuso adjudicar el acto público de selección de contratista para la Contratación Menor N”2019-0-07-0-09-CM- 036821, emitido por el Ministerio de Educación (Dirección Regional de Educación de Veraguas).
MAGISTRADO PONENTE: ELÍAS SOLÍS GONZÁLEZ. RESOLUCIÓN N*004-2020-Pleno/TACP de 6 de enero de 2020 (Decisión). CONSIDERANDO QUE:
El Texto Único de la Ley 22 de 27 de junio de 2006, ordenado a través de la Ley 61 de 27 de septiembre de 2017, crea en su artículo 136 al Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas, como ente independiente e imparcial, con jurisdicción en todo el territorio de la República de Panamá, el cual tiene competencia para conocer en única instancia el recurso de impugnación contra el acto de adjudicación, la declaratoria de deserción o el acto o resolución por la cual se rechazan las propuestas, emitidos por las entidades en los procedimientos de selección de contratista.
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Lexistmo no es asesoría legal. La fuente oficial es la Gaceta Oficial de la República de Panamá y el documento original.