Resolución N°149-2021-PLENO/TACP de 1 de noviembre de 2021 (Decisión) Falta de motivación del acto administrativo
Recurso de impugnación de Distribuidora David, S.a contra cuadro de Cotizaciones N*020-21 de 5 de octubre de 2021, emitido por el MUNICIPIO DE PANAMÁ (Junta…
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REPÚBLICA DE PANAMÁ
RECURSO DE IMPUGNACIÓN
EXPEDIENTE No. 145-2021 RECURRENTE: DISTRIBUIDORA DAVID, S.A. ACTO IMPUGNADO: Cuadro de Cotizaciones N*020-21 de 5 de
octubre de 2021, emitido por el MUNICIPIO DE PANAMÁ (Junta Comunal de Caimitillo), por medio del cual se adjudicó el acto público N*2021-5-76-102-08-CM-000130.
MAGISTRADO PONENTE: JOSÉ ARANDA RÍOS
RESOLUCIÓN No.149-2021-Pleno/TACP de 01 de noviembre de 2021 (Decisión).
CONSIDERANDO:
Que la Ley 22 de 27 de junio de 2006, mediante el Texto Único ordenado por la Ley 153 de 8 de mayo de 2020, que regula la Contratación Pública en Panamá; en su artículo 146 crea el Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas como ente independiente e imparcial, con jurisdicción en todo el territorio de la República, el cual tiene competencia privativa para conocer en única instancia del recurso de
impugnación contra cualquier acto de adjudicación, deserción o rechazo de propuestas
relacionado con los procedimientos de selección de contratista.
De igual forma, el Decreto Ejecutivo N*439 de 10 de septiembre de 2020, que establece el procedimiento para la tramitación del recurso de impugnación en sus artículos 238 al 240 y que reglamenta …
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Lexistmo no es asesoría legal. La fuente oficial es la Gaceta Oficial de la República de Panamá y el documento original.