Resolución N°028-2022-PLENO/TACP de 07 de marzo de 2022(Decisión) Discrecionalidad Técnica
Recurso de impugnación de Grupo la Fontaine, S.a contra cuadro de Cotizaciones No. 001 de 31 de enero de 2022 por medio del cual se adjudicó el acto público…
Extracto del texto
REPÚBLICA DE PANAMÁ TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
RECURSO DE IMPUGNACIÓN
EXPEDIENTE No. 020-2022 RECURRENTE: GRUPO LA FONTAINE, S.A ACTO IMPUGNADO: Cuadro de Cotizaciones No. 001 de 31 de enero de
2022 por medio del cual se adjudicó el acto público No. 2022-0-07-03-03-CM-020929.
MAGISTRADO PONENTE: JOSÉ ARANDA RÍOS RESOLUCIÓN No.028- 2022 -Pleno/TACP de 7 de marzo de 2022 (Decisión). CONSIDERANDO:
Que la Ley 22 de 27 de junio de 2006, mediante el Texto Único ordenado por la Ley 153 de 8 de mayo de 2020, que regula la Contratación Pública en Panamá; en su artículo 146 crea el Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas como ente independiente e imparcial, con jurisdicción en todo el territorio de la República, el cual tiene competencia privativa para conocer en única instancia del Recurso de Impugnación contra cualquier acto de adjudicación, deserción o rechazo de propuestas relacionado con los procedimientos de selección de contratista.
De igual forma, el Decreto Ejecutivo No. 439 de 10 de septiembre de 2020, que establece el procedimiento para la tramitación del Recurso de Impugnación en sus artículos 238 al 240 y que reglamenta la implementación vía …
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