Resolución N°027-2021-PLENO/TACP de 01 de marzo de 2021 (Decisión) Selección Objetiva del Contratista
Recurso de impugnación de Petrolera Nacional, S.a. Resolución del TACP publicada el 1 de marzo de 2021.
Extracto del texto
DMI ce ES NS»,
yI
REPÚBLICA DE PANAMÁ
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CONTRATACIONES PÚBLICAS RECURSO DE IMPUGNACIÓN EXPEDIENTE 007-2021 RECURRENTE: PETROLERA NACIONAL, S.A.,
ACTO IMPUGNADO: Resolución No. DECP-DS-141-2020 de 28 de diciembre de 2020, proferida por la Dirección General de Contrataciones Públicas dentro del procedimiento de selección de contratista por Convenio Marco No.2020-1- 27-0-99-LM-002294.
MAGISTRADO: DIÓGENES DE LA ROSA CISNEROS Resolución No. 027-2021-Pleno/TACP de 1 de marzo de 2021 (Decisión). CONSIDERANDO:
Que la Ley No. 22 de 27 de junio de 2006, mediante el Texto Único ordenado por el artículo 74 de la Ley No.153 de 8 de mayo de 2020, regula la Contratación Pública en Panamá, en su artículo 146 crea el Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas como ente independiente e imparcial, con jurisdicción en todo el territorio de la República, el cual tiene competencia privativa para conocer en única instancia del Recurso de Impugnación contra cualquier acto de adjudicación, deserción o rechazo de propuestas, emitidos por las entidades en los procedimientos de selección de contratista.
Ver todos: Resoluciones del Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas
Lexistmo no es asesoría legal. La fuente oficial es la Gaceta Oficial de la República de Panamá y el documento original.