Res.No.081-PLENO/TACP de 23 de abril de 2020 (Decisión) Condiciones Generales y Específicas del Pliego de Cargos
Recurso de impugnación de Especialidades del Pacifico Panamá (EDP Panama Sa) S.a contra cuadro de Cotizaciones No. 044 de 22 de enero de 2020, emitido por…
Extracto del texto
REPÚBLICA DE PANAMÁ TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
RECURSO DE IMPUGNACIÓN EXPEDIENTE No. 018-2020
RECURRENTE: ESPECIALIDADES DEL PACIFICO PANAMÁ (EDP PANAMA SA) S.A.
ACTO IMPUGNADO: Cuadro de Cotizaciones No. 044 de 22 de enero de 2020, emitido por el Ministerio de Salud (Hospital Santo Tomas), por medio del cual se declaró desierto el acto público No. 2019-0-12-14-08-CM- 017577.
MAGISTRADO PONENTE: JOSÉ ARANDA RÍOS RESOLUCIÓN No.081-2020-Pleno/TACP de 23 de abril de 2020 (Decisión). CONSIDERANDO:
Que la Ley 22 de 27 de junio de 2006, mediante el Texto Único ordenado por la Ley 61 de 27 de septiembre de 2017, que regula la Contratación Pública en Panamá; en su artículo 136 crea el Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas como ente independiente e imparcial, con jurisdicción en todo el territorio de la República, el cual tiene competencia privativa para conocer en única instancia del recurso de impugnación contra cualquier acto de adjudicación, deserción o rechazo de propuestas relacionado con los procedimientos de selección de contratista.
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Lexistmo no es asesoría legal. La fuente oficial es la Gaceta Oficial de la República de Panamá y el documento original.