Propuesta onerosa.
Recurso de impugnación de Simply Build Panama, S.a contra resolución N*002 de 5 de enero de 2023, emitido por el MINISTERIO DE SALUD, dentro del acto de…
Extracto del texto
REPÚBLICA DE PANAMÁ DOS AS, TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CONTRATACIONES PÚBLICAS —
RECURSO DE IMPUGNACIÓN
EXPEDIENTE No. 019-2023 RECURRENTE: SIMPLY BUILD PANAMA, S.A. ACTO IMPUGNADO: Resolución N*002 de 5 de enero de 2023, emitido por el
MINISTERIO DE SALUD, dentro del acto de selección de contratista N”2022-0-12-0-15-LP-039448.
Magistrado Ponente: MARTÍN WILSON CHEN.
RESOLUCIÓN No.038-2022/ Pleno/TACP de 27 de febrero de 2023 (Decisión).
Por la cual se resuelve el Recurso de Impugnación interpuesto por la empresa SIMPLY BUILD PANAMA, S.A., en contra la Resolución N*002 de 5 de enero de 2023, proferido por el MINISTERIO DE SALUD, dentro del acto de selección de contratista N*2022-0-12-0-15-LP-039448, el cual fue declarado desierto.
CONSIDERANDO:
Que la Ley No. 22 de 27 de junio de 2006, mediante el Texto Único ordenado por el artículo 74 de la Ley No.153 de 8 de mayo de 2020, regula la Contratación Pública en Panamá, en su artículo 146 crea el Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas como ente independiente e imparcial, con jurisdicción en todo el territorio de la República, el cual tiene competencia privativa para conocer en única instancia del
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Lexistmo no es asesoría legal. La fuente oficial es la Gaceta Oficial de la República de Panamá y el documento original.