Principio de Economía (Poder general verificado en el sitio web del Registro Público).
Recurso de impugnación de Grupo Aj Global, S.a contra resolución de Adjudicación No. 023 del 29 de abril de 2026, mediante la cual el Ministerio de…
Extracto del texto
REPÚBLICA DE PANAMÁ TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
RECURSO DE IMPUGNACIÓN
EXPEDIENTE No. 073-2026 RECURRENTE: GRUPO AJ GLOBAL, S.A. ACTO RECURRIDO: Resolución de Adjudicación No. 023 del
29 de abril de 2026, mediante la cual el Ministerio de Seguridad Pública (SENAN) adjudicó el acto público No. 2026-0-18-02-13-LP-000091.
MAGISTRADO SUSTANCIADOR: RICARDO ADOLFO LANDERO. RESOLUCIÓN No. 078-2026-Pleno/TACP de 1 de junio de 2026 (Decisión).
CONSIDERANDO QUE:
El Texto Único de la Ley 22 de 27 de junio de 2006, que regula la contratación pública, ordenado mediante la Ley 153 de 8 de mayo de 2020 (en lo sucesivo Ley 22 de 2006), en su artículo 146, creó al Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas (el Tribunal), como ente independiente e imparcial, con jurisdicción en todo el territorio de la República y competencia privativa, por naturaleza del asunto, para conocer en única instancia de los Recursos de Impugnación en contra del acto de adjudicación, la declaratoria de deserción o el acto o resolución por la cual se rechazan las propuestas, emitidos por las entidades en los procedimientos de selección de contratista.
Ver todos: Resoluciones del Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas
Lexistmo no es asesoría legal. La fuente oficial es la Gaceta Oficial de la República de Panamá y el documento original.