No presentación de catálogo, ni ficha técnica, Principio de eficacia y economía
Recurso de impugnación de Tplab, Inc. Resolución del TACP publicada el 27 de noviembre de 2024. Ponente: Manuel Beckford.
Extracto del texto
REPÚBLICA DE PANAMÁ TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CONTRATACIONES PÚBLICAS RECURSO DE IMPUGNACIÓN EXPEDIENTE 155-2024 RECURRENTE: TPLAB, INC.
ACTO IMPUGNADO: CUADRO DE COTIZACIONES No. 095-24 de 10 de octubre de 2024 proferido por el MINISTERIO DE EDUCACIÓN (REGIONAL DE PANAMÁ OESTE) por medio de la cual se adjudica el Acto Público de Selección de Contratista por Contratación Menor No. 2024-0-07-15-13-CM-009351.
MAGISTRADO PONENTE: MANUEL BECKFORD
RESOLUCIÓN No. 175-2024-Pleno/TACP de 15 de noviembre de 2024 (Decisión)
CONSIDERANDO:
Que la Ley No. 22 de 27 de junio de 2006, mediante el Texto Único ordenado por el artículo 74 de la Ley No.153 de 8 de mayo de 2020, regula la Contratación Pública en Panamá, en su artículo 146 crea el Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas como ente independiente e imparcial, con jurisdicción en todo el territorio de la República, el cual tiene competencia privativa para conocer en única instancia del Recurso de
Impugnación contra cualquier acto de adjudicación, deserción o rechazo de propuestas,
emitidos por las entidades en los procedimientos de selección de contratista.
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Lexistmo no es asesoría legal. La fuente oficial es la Gaceta Oficial de la República de Panamá y el documento original.