Inhibición (Insumos o Equipos Médicos Ley No.419).
Recurso de impugnación de Félix Alberto Quijano Escudero (IOMEGA — Computadoras y Servicios) contra acto Público No. 2025-1-10-01-08-CM-011816 producto de…
Extracto del texto
REPÚBLICA DE PANAMÁ TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
RECURSO DE IMPUGNACIÓN
EXPEDIENTE: 058-2025
RECURRENTE: FÉLIX ALBERTO QUIJANO ESCUDERO (IOMEGA — COMPUTADORAS Y SERVICIOS).
ACTO IMPUGNADO: Acto Público No. 2025-1-10-01-08-CM-011816 producto de la Cotización en Línea No. 2025-1-10-01-08-CL-
017760, efectuada por la CAJA DE SEGURO SOCIAL (POLICLINICA PRESIDENTE REMÓN).
MAGISTRADO PONENTE: MANUEL BECKFORD
RESOLUCIÓN No. 018-2025-Pleno/TACP de 28 de mayo de 2025 (Inhibición) CONSIDERANDO:
Que la Ley No. 22 de 27 de junio de 2006, mediante el Texto Único ordenado por el artículo 74 de la Ley No.153 de 8 de mayo de 2020, regula la Contratación Pública en Panamá, en su artículo 146 crea el Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas como ente independiente e imparcial, con jurisdicción en todo el territorio de la República, el cual tiene competencia privativa para conocer en única instancia del Recurso de
Impugnación contra cualquier acto de adjudicación, deserción o rechazo de propuestas,
emitidos por las entidades en los procedimientos de selección de contratista.
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Lexistmo no es asesoría legal. La fuente oficial es la Gaceta Oficial de la República de Panamá y el documento original.