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TACPResolución

Inhabilitación del contratista por el incumplimiento contractual

Recurso de apelación de Equipos Arica, S.a contra resolución No.021-2026 D.G. del 2 de febrero de 2026, mediante la cual el Instituto Panameño de Deportes…

Extracto del texto

REPÚBLICA DE PANAMÁ TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CONTRATACIONES PÚBLICAS

RECURSO DE APELACIÓN

EXPEDIENTE No. 022-2026. RECURRENTE: EQUIPOS ARICA, S.A. ACTO RECURRIDO: Resolución No.021-2026 D.G. del 2 de

febrero de 2026, mediante la cual el Instituto Panameño de Deportes (PANDEPORTES), resolvió el Contrato No.08-2022 INV e inhabilito al contratista por tres (3) años.

MAGISTRADO SUSTANCIADOR: RICARDO A. LANDERO. RESOLUCIÓN No.080-2026-Pleno/TACP de 1 de junio de 2026 (Decisión).

CONSIDERANDO QUE:

De conformidad con los artículos 146 del Texto Único de la Ley 22 de 27 de junio de 2006, que regula la contratación pública, ordenado mediante la Ley 153 de 8 de mayo de 2020 (en adelante Ley 22 de 2006), y 219 del Decreto Ejecutivo No.439 de 10 de septiembre de 2020, que la reglamenta, este Tribunal tiene competencia privativa, por naturaleza del asunto, para conocer en única instancia, entre otras materias, el Recurso de Apelación contra la resolución administrativa del contrato y la sanción al contratista por incumplimiento de contrato u orden de compra.

Cabe destacar que la norma aplicable para este caso es el Texto Único de la Ley 22 de 27 de junio de 2006, que regula la contratación pública, …

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