Incumplimiento del procedimiento, artículo 21 del Texto Único ley 22 de 2006, Onerosidad
Recurso de impugnación de Tania Coronado (TYMOX Service). Resolución del TACP publicada el 20 de mayo de 2025. Ponente: Manuel Beckford.
Extracto del texto
REPÚBLICA DE PANAMÁ TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CONTRATACIONES PÚBLICAS RECURSO DE IMPUGNACIÓN EXPEDIENTE 048-2025 RECURRENTE: TANIA CORONADO (TYMOX SERVICE)
ACTO IMPUGNADO: Adjudicación realizada dentro del acto público de procedimiento de selección de contratista No 2025-1-10- 01-08-CM-011496 producto de la Cotización en Línea No. 2025-1-10-01-08-CL-015511, efectuada por la Caja de Seguro Social (Policlínica Joaquín José Vallarino).
MAGISTRADO PONENTE: MANUEL BECKFORD
RESOLUCIÓN No. 059-2025-Pleno/TACP de 19 de mayo de 2025 (Decisión) CONSIDERANDO:
Que la Ley No. 22 de 27 de junio de 2006, mediante el Texto Único ordenado por el artículo 74 de la Ley No.153 de 8 de mayo de 2020, regula la Contratación Pública en Panamá, en su artículo 146 crea el Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas como ente independiente e imparcial, con jurisdicción en todo el territorio de la República, el cual tiene competencia privativa para conocer en única instancia del Recurso de Impugnación
contra cualquier acto de adjudicación, deserción o rechazo de propuestas, emitidos por
las entidades en los procedimientos de selección de contratista.
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Lexistmo no es asesoría legal. La fuente oficial es la Gaceta Oficial de la República de Panamá y el documento original.