Incumplimiento del plazo para adjudicar, omisión del numeral 2 y 3 art. 10 de la ley de Contrataciones Públicas, Principio de igualdad, incongruencias técnicas
Recurso de impugnación de Audio Concept Panamá, S.a. Resolución del TACP publicada el 20 de febrero de 2025. Ponente: Manuel Beckford.
Extracto del texto
REPÚBLICA DE PANAMÁ Se TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CONTRATACIONES PÚBLIC SU
RECURSO DE IMPUGNACIÓN
EXPEDIENTE No. 007-2025 RECURRENTE: AUDIO CONCEPT PANAMÁ, S.A. ACTO IMPUGNADO: CUADRO DE COTIZACIONES No. 047-2024 de 30
de diciembre de 2024, por el cual se adjudicó el acto público de selección de contratista por Contratación Menor No. 2024-1-31-01-08-CM- 000263, emitida por el SISTEMA ESTATAL DE RADIO Y TELEVISIÓN (SERTV).
MAGISTRADO PONENTE: MANUEL BECKFORD Resolución No. 019-2025 /TACP de 19 de febrero de 2025. (Decisión) CONSIDERANDO:
Que la Ley 22 de 27 de junio de 2006, mediante el Texto Único ordenado por la Ley 153 de 8 de mayo de 2020, que regula la Contratación Pública en Panamá; en su artículo 146 crea el Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas como ente independiente e imparcial, con jurisdicción en todo el territorio de la República, el cual tiene competencia privativa para conocer en única instancia del Recurso de Impugnación contra cualquier
acto de adjudicación, deserción o rechazo de propuestas relacionado con los
procedimientos de selección de contratista.
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