GRUPO ARWIL, S.A. -VS- MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Recurso de apelación de Grupo Arwil, S.a. Resolución del TACP publicada el 28 de noviembre de 2025. Ponente: Luis Mariscal.
Extracto del texto
JE REPÚBLICA DE PANAMÁ ] NN TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CONTRATACIONES PUBLICAS
RECURSO DE APELACIÓN
EXPEDIENTE No. 133-2025. RECURRENTE: GRUPO ARWIL, S.A. ACTO RECURRIDO: RESOLUCIÓN NO.01 DEL 29 DE JULIO DE
2025, EMITIDA POR EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN (REGIONAL DE LOS SANTOS) MEDIANTE LA CUAL RESOLVIÓ ADMINISTRATIVAMENTE LA ORDEN DE COMPRA NO.1-2025, DENTRO DEL ACTO PÚBLICO DE SELECCIÓN DE CONTRATISTA —No.2025-0-07-07-07-CM- 020463.
MAGISTRADO SUSTANCIADOR: LUIS MARISCAL.
RESOLUCIÓN No.187-2025-PLENO/TACP de 14 de noviembre de 2025. (Decisión).
CONSIDERANDO QUE:
De conformidad con el artículo 146 del Texto Único de la Ley 22 de 27 de junio de 2006, que regula la contratación pública, ordenado mediante la Ley 153 de 8 de mayo de 2020 (en adelante Ley 22 de 2006), este Tribunal tiene competencia privativa, por naturaleza del asunto, para conocer en única instancia, entre otras materias, el Recurso de Apelación contra la resolución administrativa del contrato y la sanción al contratista por incumplimiento de contrato u orden de compra; en concordancia con el artículo 219 del Decreto Ejecutivo No.439 del 10 de septiembre de 2020, que la reglamenta.
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