Formalismo, requisitos no solicitados, poder no ejercido, acciones nominativas, consorcio.
Recurso de impugnación de Acto Impugnado: República de Panamá 126-2023 Consorcio Verdeclean contra rEPÚBLICA DE PANAMÁ 126-2023 CONSORCIO VERDECLEAN.…
Extracto del texto
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CONTRATACIONES PÚBLICAS -
RECURSO DE IMPUGNACIÓN VA CIONES ÍA
EXPEDIENTE NC:
RECURRENTE:
ACTO IMPUGNADO:
REPÚBLICA DE PANAMÁ
126-2023
CONSORCIO VERDECLEAN
Resolución N*GG-271-2023 de 3 de julio de 2023, por la que el Banco Nacional de Panamá, declaró desierto el acto de selección de contratista por licitación pública N*2023-1-01-0- 99-LP-021583.
MAGISTRADO PONENTE: LUIS MARISCAL
Resolución N*174-2023-Pleno/TACP de 5 de septiembre de 2023 (Decisión).
CONSIDERANDO QUE:
El Texto Único de la Ley 22 de 27 de junio de 2006, ordenado mediante la Ley 153 de 8 de mayo de 2020 (Ley 22 de 2006), crea en su artículo 146 al Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas (Tribunal), como ente independiente e imparcial, con jurisdicción en todo el territorio de la República de Panamá, el cual tiene competencia para conocer en única instancia de los recursos de impugnación contra el acto de adjudicación, la declaratoria de deserción o el acto o resolución por la cual se rechazan las propuestas, emitidos por las entidades en los procedimientos de selección de contratista.
Il. ANTECEDENTES
Ver todos: Resoluciones del Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas
Lexistmo no es asesoría legal. La fuente oficial es la Gaceta Oficial de la República de Panamá y el documento original.