El proponente de menor valor cumple con los requisitos del pliego de cargos.
Recurso de impugnación de Felix Alberto López Diaz (empresa Baru) contra resolución N*212 de 29 de septiembre 2023, emitida por el MINISTERIO DE SALUD, que…
Extracto del texto
REPÚBLICA DE PANAMÁ
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
RECURSO DE IMPUGNACIÓN
EXPEDIENTE N*: 190-2023 RECURRENTE: FELIX ALBERTO LÓPEZ DIAZ (EMPRESA BARU) ACTO IMPUGNADO: Resolución N*212 de 29 de septiembre 2023,
emitida por el MINISTERIO DE SALUD, que adjudicó el acto público por licitación pública N*2023-0-12-0-08-LP-041776.
MAGISTRADO PONENTE: JOSÉ ARANDA RÍOS
RESOLUCIÓN No.219-2023-Pleno/TACP de 25 de octubre de 2023 (Decisión).
CONSIDERANDO:
Que la Ley 22 de 27 de junio de 2006, mediante el Texto Único ordenado por la Ley 153 de 8 de mayo de 2020, que regula la Contratación Pública en Panamá; en su artículo 146 crea el Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas como ente independiente e imparcial, con jurisdicción en todo el territorio de la República, el cual tiene competencia privativa para conocer en única instancia del
recurso de impugnación contra cualquier acto de adjudicación, declaratoria de
desierto, rechazo de propuestas o cualquier acto que afecte la selección objetiva
del contratista, emitidos por las entidades en los procedimientos de selección de
contratista.
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Lexistmo no es asesoría legal. La fuente oficial es la Gaceta Oficial de la República de Panamá y el documento original.