CONSTRUCTORA JEEM, S.A. -vs- MUNICIPIO DE BOQUERÓN (JUNTA COMUNAL DE TIJERAS)
Recurso de impugnación de Constructora Jeem, S.a contra resolución N*%014-2026-JCT del 5 de febrero de 2026, emitida por el MUNICIPIO DE BOQUERÓN (JUNTA…
Extracto del texto
REPÚBLICA DE PANAMÁ
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
RECURSO DE IMPUGNACIÓN
EXPEDIENTE No.: 021-2026 RECURRENTE: CONSTRUCTORA JEEM, S.A. ACTO IMPUGNADO: Resolución N*%014-2026-JCT del 5 de
febrero de 2026, emitida por el MUNICIPIO DE BOQUERÓN (JUNTA COMUNAL DE TIJERAS), mediante la cual se adjudicó el Acto Público No. 2025-5-27-02-04-LP- 000003
MAGISTRADA PONENTE: ZAIRA SANTAMARIA DE LATORRACA
RESOLUCIÓN No.016-2026-Pleno/TACP de 24 de marzo de 2026 (Decisión).
CONSIDERANDO:
Que por medio del artículo 146 del Texto Único de la Ley 22 de 27 de junio de 2006, que regula la contratación pública, se creó al Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas como ente independiente e imparcial, con jurisdicción en todo el territorio de la República y competencia privativa, por naturaleza del asunto, para conocer, en única instancia, de los recursos de impugnación presentados en contra del acto de adjudicación, la declaratoria de deserción o el acto o resolución por la cual se rechazan las propuestas, emitidos por las entidades en los procedimientos de selección de contratista.
Il. ANTECEDENTES Y CRONOLOGÍA DE LOS HECHOS RELEVANTES
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Lexistmo no es asesoría legal. La fuente oficial es la Gaceta Oficial de la República de Panamá y el documento original.