Certificado de existencia del proponente, incumplimiento en las especificaciones, suma del 7% items
Recurso de impugnación de Educational Furniture 8 Technology, S.a. Resolución del TACP publicada el 13 de noviembre de 2024. Ponente: Manuel Beckford.
Extracto del texto
REPÚBLICA DE PANAMÁ TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
RECURSO DE IMPUGNACIÓN
EXPEDIENTE No. 142-2024
RECURRENTE: EDUCATIONAL FURNITURE 8 TECHNOLOGY, S.A.
ACTO IMPUGNADO: Cuadro de Cotizaciones No. 1001011634-08-6 de
20 de septiembre de 2024, proferida por la CAJA DE SEGURO SOCIAL (POLÍCLÍNICA GENEROSO GUARDIA), mediante la cual se adjudicó el acto de selección de contratista dentro del acto público N*2024-1-10-01-08-CM-006000.
MAGISTRADO PONENTE: MANUEL BECKFORD
RESOLUCIÓN No. 164-2024-Pleno/TACP de 23 de octubre de 2024 (Decisión).
CONSIDERANDO:
Que la Ley 22 de 27 de junio de 2006, mediante el Texto Único ordenado por la Ley 153 de 8 de mayo de 2020, que regula la Contratación Pública en Panamá; en su artículo 146 crea el Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas como ente independiente e imparcial, con jurisdicción en todo el territorio de la República, el cual tiene competencia privativa para conocer en única instancia del recurso de impugnación
contra cualquier acto de adjudicación, deserción o rechazo de propuestas relacionado
con los procedimientos de selección de contratista.
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Lexistmo no es asesoría legal. La fuente oficial es la Gaceta Oficial de la República de Panamá y el documento original.